¿Cómo proteger su logo?

Los logos no son signos distintivos propiamente dichos, son expresiones gráficas que se pueden proteger a través de la propiedad industrial. Específicamente con las marcas clasificadas como tradicionales: figurativas o mixtas. En las primeras, el logo es el signo preponderante que identifica los productos o servicios y en la segunda, al logo lo acompaña la expresión nominativa de la marca. Para proteger su logo usted debe registrarlo como marca en la Superintendencia de Industria y Comercio.

En el lenguaje comercial es usual contratar con diseñadores la elaboración de logos para los modelos de negocios que se pretenden implementar en el mercado. No obstante, es importante proteger su logo entregado por los diseñadores a través del registro de la marca (mixta o figurativa) en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) o incluso, de cumplir con las características, es posible proteger los derechos de autor de su logo como obra en la Dirección Nacional de Derechos de Autor (DNDA).

Sugerencias para proteger su logo

Para esto, es necesario que en el procedimiento de elaboración del logo, el empresario tenga en cuenta: qué tipo de fuente tipográfica utilizó el diseñador y si esta, es de libre uso o si por el contrario es necesario pagar por ella y, garantizar que el diseñador ceda los derechos patrimoniales al emprendedor para evitar problemas en el futuro.

En ese sentido, es importante realizar con el diseñador un contrato de cesión de derechos sobre el logo que garantice que la titularidad sobre el mismo la va a ostentar el empresario que contrató los servicios del diseñador para la elaboración del logo.

Ejemplo de protección

Como ejemplo de una debida protección, es indispensable establecer como mínimo que “el diseñador cede de forma exclusiva al titular (en este caso debe ser el empresario) todos y cada uno de los derechos patrimoniales autorales que recaen o puedan recaer sobre el logo (incluirlo), conforme con lo señalado en el artículo 20 de la Ley 23 de 1982”.

Adicionalmente, para proteger en debida forma su logo, es necesario establecer para qué territorio se hace la cesión y sobre qué derechos.

 

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